Las prestaciones médico asistenciales que OSAM cubre a sus afiliados se encuentran comprendidas
por lo establecido en la
Resolución 201/02 MS y descriptas de acuerdo con el Anexo I y Anexo II del Programa
Médico Obligatorio de Emergencia (Catálogo de Prestaciones) quedando sin inclusión la cobertura
de las efectuadas fuera del país.